¿Qué es un beneficiario discrecional?
Los beneficiarios discrecionales son individuos o entidades que un otorgante nombra en un fideicomiso, póliza de seguro de vida o plan de jubilación que solo recibirán sus distribuciones en un momento que se considere apropiado, como si superan ciertos hitos en edad o educación. Si bien pueden solicitar distribuciones, corresponde a los fiduciarios determinar si el pago se realizará de acuerdo con la dirección discrecional. En los Estados Unidos, un beneficiario discrecional no tiene interés legal legal en un fideicomiso.
Para llevar clave
- Un beneficiario discrecional es aquel que solo puede recibir sus derechos si se cumplen ciertas condiciones y, por ejemplo, un niño pequeño puede ser designado beneficiario discrecional que solo es elegible para desembolsos después de haber cumplido los 21 años, o si tiene universidad completada. Un administrador o albacea de un patrimonio tendrá que equilibrar su deber fiduciario con los beneficiarios con las instrucciones de discreción que se detallan en un testamento o fideicomiso.
Comprender a los beneficiarios discrecionales
Generalmente hay una razón particular para que una persona sea nombrada beneficiaria discrecional. Por ejemplo, pueden ser demasiado jóvenes o haber exhibido malos hábitos financieros. Si bien los fideicomisarios aún tienen una responsabilidad fiduciaria con un beneficiario discrecional, en general deben hacer cumplir la discreción establecida por el otorgante, a menos que exista una carta de intención específica del otorgante del fideicomiso que anule las instrucciones anteriores. Los términos comunes vinculados a un beneficiario discrecional incluyen que alcanzan los 18 o 21 años, se gradúan de la universidad, se vuelven libres de drogas o encuentran un empleo completo antes de recibir los desembolsos. Otras instrucciones más matizadas también pueden aparecer de forma individual.
Si bien un beneficiario discrecional suele ser un individuo, un otorgante puede, a veces, nombrar una entidad como una organización benéfica. Un otorgante a menudo elige hacer esto en lugar de regalar activos a una organización benéfica durante su vida. En este escenario, la organización benéfica, en lugar del otorgante, se trata como si recibiera la distribución, y ni el otorgante ni el patrimonio deberán pagar impuestos sobre el monto.
Beneficiario discrecional y otros tipos de beneficiarios
Además de un beneficiario discrecional, existen otros tipos de beneficiarios que pueden asignarse a las cuentas. Estos incluyen un beneficiario designado; estos son propietarios beneficiarios de la propiedad y compartirán los ingresos al momento de la disposición. En algunos casos, como una póliza de anualidad, el titular de la póliza y el beneficiario designado pueden ser los mismos.
Los beneficiarios absolutos no pueden cambiarse sin su consentimiento por escrito. Los beneficiarios absolutos también se conocen como beneficiarios irrevocables y pueden asociarse con un fideicomiso, un plan de beneficios para empleados, como una pensión, y una gama de instrumentos o contratos adicionales con una cláusula de beneficiario. En contraste, un beneficiario revocable no tiene derechos garantizados para recibir compensación de una póliza o un fondo. En este escenario, el propietario de una póliza se reserva el derecho de hacer cambios a quién recibe el pago, cambiar los términos de la póliza o rescindir la póliza sin el consentimiento del beneficiario revocable.
Varios fideicomisos, testamentos, pólizas y anualidades tienen beneficiarios primarios y beneficiarios secundarios. Un beneficiario primario es el primero en la línea en recibir beneficios en caso de fallecimiento del titular de la cuenta o del fideicomiso. Un propietario puede nombrar múltiples beneficiarios primarios y estipular cómo se distribuirán las distribuciones. Un beneficiario secundario hereda los activos si el beneficiario primario muere antes que el otorgante. Un beneficiario secundario también se consideraría un "beneficiario contingente".