Tabla de contenido
- Más sobre elegibilidad
- Cuando un ex cónyuge puede reclamar
- ¿Cómo se solicita?
Una persona divorciada puede cobrar los beneficios del Seguro Social en función de los ingresos del ex cónyuge si se cumplen ciertas condiciones. El matrimonio debe haber durado 10 años o más y el solicitante no puede estar casado actualmente. La edad mínima para cobrar los beneficios es de 62 años, y el ex cónyuge debe tener derecho a recibir beneficios de jubilación o discapacidad del Seguro Social.
Para llevar clave
- Dependiendo de la elegibilidad, un cónyuge divorciado puede cobrar beneficios del Seguro Social a través de un ex. Si se cumplen los requisitos, y si se divorcia y no se vuelve a casar, el ex cónyuge puede reclamar el 50% de los beneficios del ex, o el 100% si el ex fallece. Si se vuelve a casar, el cónyuge puede elegir a través de cuál (el nuevo o el ex) recibir beneficios.
Más sobre elegibilidad
En general, un ex cónyuge tiene derecho a la mitad del monto del beneficio de jubilación de la ex pareja. Si el cónyuge ha fallecido, la ex pareja recibirá el beneficio de jubilación completo de la persona. Si la ex pareja se vuelve a casar y el segundo cónyuge muere, la persona puede reclamar beneficios basados en el beneficio elegible de cualquiera de los cónyuges suponiendo que ambos matrimonios duraron 10 años o más.
En el pasado, algunas mujeres firmaron decretos de divorcio en los que renunciaban a sus derechos a la Seguridad Social con base en los registros de sus ex maridos. Esas cláusulas no tienen sentido y nunca se hacen cumplir.
Incluso si el ex cónyuge se ha vuelto a casar e incluso si ese nuevo cónyuge está cobrando beneficios basados en el mismo registro de empleo, el ex cónyuge también puede cobrar los beneficios del Seguro Social basados en el mismo registro.
Sin embargo, un ex cónyuge que se vuelve a casar antes de los 60 años no puede cobrar los beneficios de supervivencia (a menos que el matrimonio posterior finalice por algún motivo). Si el ex cónyuge se vuelve a casar después de los 60 años, todavía puede recibir beneficios de sobrevivientes según el registro del ex cónyuge. Sin embargo, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El matrimonio duró 10 años consecutivos o más. El solicitante tiene al menos 62 años. El ex cónyuge es elegible para beneficios de jubilación. El solicitante actualmente no está casado.
Cuando un ex cónyuge puede reclamar
Esta pregunta se responde mejor considerando el siguiente ejemplo. Supongamos que Cynthia y su ex marido Peter estuvieron casados durante 18 años, desde 1979 hasta 1997. Al cumplir los 63 años, Cynthia se da cuenta de que está a punto de jubilarse. Se pregunta cuándo debería comenzar a reclamar beneficios, cuyos beneficios debería reclamar y la cantidad de beneficios mensuales que recibirá.
Una cosa es segura: cuanto más espere Cynthia para comenzar a cobrar, mayores serán los pagos mensuales de los beneficios que recibe de su propio plan de ahorro para la jubilación. Además, como ex cónyuge, no puede cobrar ninguna cantidad mayor al 50% de la cantidad que le corresponde a su ex esposo.
Aún más complicaciones
Si su ex cónyuge aún no ha solicitado los beneficios de jubilación pero puede calificar para ellos, puede recibir los beneficios en función de su registro de ganancias, siempre que haya estado divorciado durante al menos dos años.
Además, si usted es un ex cónyuge y es elegible para el monto del beneficio del cónyuge o el suyo propio, puede tener una opción, dependiendo de su edad. Si tenía 62 años o más para fines de 2015, puede elegir qué beneficio desea a su plena edad de jubilación.
Cuando los trabajadores que no tienen 62 años para fines de 2015 solicitan beneficios conyugales, el Seguro Social asumirá que también es una solicitud de beneficios en el registro del trabajador. El trabajador es elegible para el beneficio más alto, pero no puede tomar solo los beneficios del cónyuge y permitir que su propio monto de beneficio siga aumentando hasta los 70 años.
¿Cómo se solicita el beneficio de un ex cónyuge?
Solicite beneficios en línea yendo a SSA.gov, o busque la oficina local y haga una cita. Para solicitar beneficios en el registro de trabajo de un ex cónyuge, debe tener el número de Seguro Social de esa persona o la fecha y lugar de nacimiento y los nombres de los padres.
Para proteger la privacidad de todas las partes involucradas, el ex cónyuge no es notificado cuando se realiza la solicitud.