Tabla de contenido
- Beneficios para los cónyuges de jubilados
- Beneficios para los cónyuges sobrevivientes
- Beneficios para cónyuges divorciados
- Beneficios para niños
- Beneficios para niños discapacitados
- Beneficios para padres dependientes
- Beneficio familiar máximo
Además de los pagos que proporciona a los jubilados calificados, el Seguro Social también puede ofrecer beneficios a los dependientes de esas personas. Los beneficiarios potenciales incluyen cónyuges sobrevivientes, junto con padres dependientes, hijos y nietos. Dependiendo de su relación con el jubilado, los dependientes pueden recibir pagos de entre el 70% y el 100% de los beneficios del jubilado calificado.
Para llevar clave
- Los beneficios para los cónyuges de los trabajadores jubilados se reducirán si los cónyuges no han alcanzado su edad normal de jubilación, incluso si el trabajador jubilado ha fallecido. Las personas divorciadas de los trabajadores jubilados pueden tener derecho a un pago equivalente a la mitad del monto que recibe el jubilado, siempre que el matrimonio dure al menos 10 años. El Seguro Social impone un beneficio familiar máximo que puede reducir los beneficios para algunos dependientes porque la familia en su conjunto ha excedido ese límite.
Beneficios para los cónyuges de jubilados
El esposo o la esposa de un jubilado que ya está recibiendo el Seguro Social es elegible para recibir un beneficio conyugal. El pago equivale a hasta la mitad del pago mensual del cónyuge retirado, también conocido como el monto total del seguro primario (PIA). Para recibir este beneficio, el cónyuge que recibe el beneficio conyugal debe tener al menos 62 años o cuidar a un hijo menor de 16 años o discapacitado y tiene derecho a recibir beneficios en el registro de trabajo del jubilado.
Debe haber alcanzado su edad normal de jubilación para recibir la mitad completa del PIA de su cónyuge retirado. Esa edad es de 66 años y dos meses para las personas nacidas en 1955, y aumenta en 2 meses por año de nacimiento hasta alcanzar los 67 años para los nacidos en 1960 o más tarde. Si opta por recibir los beneficios antes de ese momento, será penalizado de acuerdo con una fórmula similar a la utilizada para calcular los beneficios reducidos de los trabajadores que se jubilan anticipadamente.
En el momento en que sea elegible para el beneficio conyugal, puede ser elegible para recibir más del Seguro Social en función de su propio registro de ganancias de lo que recibiría a través de su cónyuge. Si este es el caso, la Administración del Seguro Social le proporciona automáticamente el beneficio más grande.
Entonces, si, por ejemplo, ganó $ 25, 000 al año en otros ingresos, sus beneficios de Seguro Social para el año se reducirían en $ 3, 380. Esa cifra sería el resultado de que $ 1 se "recuperara" de sus beneficios por cada $ 2 de los $ 6, 760 que ganaba en exceso de los beneficios máximos permitidos.
Tiene sentido para las parejas casadas, entonces, coordinar cómo y cuándo deberían comenzar a cobrar los beneficios. Puede ejecutar estos números usted mismo para ver cómo funciona utilizando una calculadora del Seguro Social.
Beneficios para los cónyuges sobrevivientes
Los beneficios para sobrevivientes están disponibles para las viudas o viudos, según el registro de ganancias de su cónyuge fallecido después de su muerte. Para recibir estos beneficios, debe haber alcanzado su edad normal de jubilación.
Los sobrevivientes que han alcanzado su edad normal de jubilación reciben el 100% del beneficio de su cónyuge fallecido. Para los sobrevivientes que tienen al menos 60 años, el beneficio varía del 71.5% al 99% del beneficio de su cónyuge fallecido.
El sobreviviente puede optar en cualquier momento por recibir su propio beneficio si eso es más ventajoso. Sin embargo, ese cálculo debe comparar no solo los pagos mensuales inmediatos de las dos opciones. También debe considerar el impacto potencial a largo plazo de una demora en que el sobreviviente tome su propio beneficio, lo que resulta en un pago mensual más alto.
También se paga un pago único de $ 255 por la muerte de un cónyuge, siempre que los cónyuges estuvieran viviendo en la misma residencia en el momento de la muerte del cónyuge.
El cónyuge sobreviviente también es elegible para un beneficio de sobreviviente si tiene al menos 50 años de edad y está discapacitado, siempre que la discapacidad haya comenzado antes de la muerte del trabajador o dentro de los siete años posteriores a su muerte.
Una viuda o viudo más joven puede cobrar un beneficio si está cuidando a un hijo menor de un trabajador fallecido. El cónyuge sobreviviente no puede volver a casarse y no debe calificar para los beneficios de jubilación en función de su propio registro de ganancias o no debe estar cobrando beneficios de sobreviviente en función de las contribuciones de su cónyuge fallecido. El cónyuge sobreviviente puede calificar para hasta el 75% de los beneficios de su cónyuge fallecido si está cuidando a un hijo menor de 16 años o que está discapacitado y recibe beneficios de dependientes según el registro de ingresos de sus padres fallecidos. Si el cónyuge sobreviviente se vuelve a casar, se detiene su beneficio como cuidador del hijo del cónyuge fallecido.
Beneficios para cónyuges divorciados
Las reglas son similares a las de los beneficios para cónyuges descritos anteriormente, con una notable excepción: puede comenzar a recibir beneficios incluso antes de que su ex cónyuge haya comenzado a hacerlo. Sin embargo, debe tener al menos 62 años y el divorcio debe haber finalizado al menos dos años si aún no ha alcanzado su edad normal de jubilación.
Los cónyuges divorciados que tuvieron más de un matrimonio que duró al menos 10 años no reciben múltiples cheques de beneficios, o uno por cada matrimonio. Pero la Administración del Seguro Social elige automáticamente el matrimonio anterior que generará el mayor beneficio para el ex cónyuge. Los cónyuges divorciados generalmente no pueden cobrar beneficios en el registro de su ex cónyuge a menos que su matrimonio posterior termine (ya sea por muerte, divorcio o anulación).
Beneficios para hijos y nietos
Los niños pueden calificar para un beneficio como sobrevivientes de un trabajador fallecido o como dependientes de un padre vivo que recibe beneficios de jubilación o discapacidad del Seguro Social. Los niños necesitan ser:
- Soltero Menor de 18 años, o Menor de 18 años si son estudiantes a tiempo completo en un grado no superior al 12 ° grado. Si tienen 19 años y todavía están en la escuela, los beneficios continuarán hasta la fecha de graduación anterior o dos meses después de cumplir 19 años.
Los beneficios pagados por un niño no disminuirán el beneficio de jubilación de un padre vivo. El valor de los beneficios que el niño podría recibir, sumado a los beneficios de los padres, puede ayudar a los padres a decidir si tomar los beneficios antes puede ser más ventajoso.
Un hijo dependiente puede recibir hasta la mitad del beneficio de un padre que recibe beneficios de jubilación o discapacidad. Si el padre falleció, los hijos dependientes pueden recibir hasta el 75% del beneficio del trabajador, calculado como un porcentaje del beneficio que el trabajador hubiera recibido si hubiera seguido trabajando hasta la jubilación. Si está cuidando a un niño y recibe beneficios, entonces sus beneficios pueden detenerse en un momento diferente al suyo.
Si los nietos se vuelven dependientes de sus abuelos debido a la muerte de sus propios padres u otras razones, pueden ser elegibles para recibir beneficios basados en el registro de ganancias de cualquiera de sus abuelos. Sin embargo, los bisnietos no califican para beneficios dependientes.
Beneficios para niños discapacitados
Los niños discapacitados están cubiertos por el Seguro Social, pero el proceso de solicitud para obtener estos beneficios puede ser arduo. El Seguro Social dice que el niño debe tener una condición física o mental que limite severamente su actividad y se espera que dure más de un año y / o resulte en la muerte del niño.
La familia también debe tener pocas o ninguna otra opción financiera para brindar atención. El Seguro Social considera los ingresos familiares de la familia, sus otros recursos y otros factores para tomar su determinación.
El niño puede recibir hasta la mitad del beneficio completo de jubilación o discapacidad de los padres. Un niño discapacitado recibiría un beneficio del 75% del beneficio del trabajador si el trabajador ha fallecido. Un niño de 18 años o más también es elegible si sufre una discapacidad con un inicio que ocurrió antes de los 22 años.
Beneficios para padres dependientes
Algunos padres dependen legalmente de un miembro de la familia debido a circunstancias económicas o discapacidad. Los padres dependientes de un trabajador fallecido que tienen 62 años o más recibirían el 82.5% del beneficio del trabajador para uno de los padres o el 75% cada uno para dos padres.
Beneficio familiar máximo
Los beneficios para los dependientes están sujetos a una jubilación mensual máxima y al pago del sobreviviente del Seguro Social a toda la familia. Esta cifra total se basa en el pago mensual del trabajador. El pago total a la familia varía, pero los beneficios dependientes generalmente oscilan entre 150% y 180% del pago del trabajador.
La Administración del Seguro Social utiliza una fórmula compleja para calcular el beneficio familiar máximo. Las familias de los trabajadores discapacitados están sujetas a una fórmula diferente, que generalmente establece el máximo entre 100% y 150% del pago del trabajador. Como ejemplo, veamos un caso de un padre anciano, llamado Deborah, con un hijo dependiente. El monto total de jubilación de Deborah es de $ 1, 500 y el máximo de su familia es de $ 2, 300. Deborah recibiría sus $ 1, 500 completos por mes, y su esposo, John, y su hijo dependiente, Ruth, dividirían el pago restante de $ 800 ($ 2, 300 a $ 1, 500); cada uno recibiría $ 400.
Tenga en cuenta que los beneficios para sus cónyuges divorciados no se cuentan en su beneficio de "máximo familiar" y no afectan ese máximo.