¿Qué es el crédito fiscal de Saver?
El crédito fiscal del ahorrador es un crédito fiscal no reembolsable que puede ser reclamado por los contribuyentes que hacen contribuciones de aplazamiento salarial a su plan 401 (k), 403 (b), SIMPLE, SEP o gubernamental 457 patrocinado por el empleador y / o hacen contribuciones a sus IRA tradicionales y / o Roth. El monto del crédito varía y depende del ingreso bruto ajustado (AGI) del contribuyente y del monto de la contribución o contribuciones.
Deducciones fiscales vs. Créditos fiscales
DESGLOSE el crédito fiscal de Saver
El crédito fiscal del ahorrador fue legislado para los años fiscales 2002-2006 por la Ley de Reconciliación de Crecimiento Económico y Desgravación Fiscal de 2001 (EGTRRA), y se hizo permanente por la Ley de Protección de Pensiones de 2006 (PPA). El crédito fiscal del ahorrador es un crédito fiscal no reembolsable entre el 10 por ciento y el 50 por ciento de la contribución elegible del contribuyente individual de hasta un total de $ 2, 000, lo que le otorga un valor máximo de $ 1, 000. Además, el monto máximo del crédito es el menor de $ 1, 000 o la obligación tributaria que el contribuyente hubiera tenido sin el crédito. Esto significa simplemente que el crédito fiscal no es reembolsable, por lo que el crédito solo puede llevar al contribuyente a cero impuestos, no a un reembolso. El crédito fiscal del ahorrador se puede utilizar para compensar la responsabilidad del impuesto sobre la renta, pero no como un reembolso. Para determinar el monto del crédito fiscal del ahorrador, el contribuyente no puede tomar en consideración los créditos reembolsables o el crédito de adopción.
Para ser elegible para reclamar el crédito fiscal del ahorrador, el contribuyente debe tener 18 años al final del año fiscal, no ser un estudiante a tiempo completo y no ser reclamado como dependiente en la declaración de otro contribuyente.
Restricciones en el crédito fiscal del ahorrador
El crédito fiscal del ahorrador se basa en varios niveles diferentes de ingreso bruto ajustado (AGI). La tasa de crédito fiscal del ahorrador es del 50 por ciento para hogares con un AGI total de $ 30, 000 o menos o individuos con un AGI de $ 22, 500 o menos. El crédito fiscal del ahorrador es del 20 por ciento para hogares con un AGI total de $ 30, 001- $ 32, 500 o individuos con un AGI de $ 22, 501- $ 24, 375. El crédito fiscal del ahorrador es del 10 por ciento para hogares con un AGI de $ 32, 501- $ 50, 000 o individuos con un AGI de $ 24, 376- $ 37, 500.
Por ejemplo, un hogar que gane $ 32, 900 que contribuya con $ 2, 000 a un plan de jubilación recibirá un crédito fiscal de $ 200, calculado multiplicando el 10 por ciento por $ 2, 000. Cualquier cantidad aportada por encima de ese 10 por ciento no es elegible para el crédito fiscal del ahorrador. Un contribuyente que contribuye más del límite permitido debe corregir el exceso de contribución eliminando el monto del fondo en un cierto límite de tiempo. La eliminación de este monto en exceso se conoce como devolución de la contribución en exceso.